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Salario Mínimo 2026: ¿Por qué la justicia frenó el aumento por decreto?

Las razones técnicas y legales por las que la institucionalidad prevaleció sobre la voluntad política para proteger la economía

    Imagen generada por IA


Por: Paulina Arango M 13 de febrero de 2026

El panorama laboral en Colombia ha dado un giro inesperado que nos obliga, como sociedad, a observar de cerca la tensión entre las promesas gubernamentales y el rigor de la ley. La reciente decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, que pretendía un histórico aumento del 23,7% en el salario mínimo para 2026, no es un simple trámite burocrático. Representa un recordatorio contundente de que la fijación de la remuneración básica no puede ser un acto de voluntad unilateral, sino el resultado de una arquitectura técnica diseñada para proteger la estabilidad de la nación.

Entendemos que la búsqueda de un "salario vital" es una aspiración legítima; sin embargo, el alto tribunal ha sido enfático al señalar que el Ejecutivo ignoró los criterios económicos obligatorios establecidos en la Ley 278 de 1996. Al fallar a favor de cerca de 30 demandas, la justicia colombiana determinó que no se puede legislar a espaldas de la realidad productiva. Esta medida cautelar deja claro que cualquier ajuste debe estar anclado a indicadores verificables y no exclusivamente a proyecciones políticas que, aunque populares, carecen del sustento aritmético que exige nuestro ordenamiento jurídico.

La carrera contra el reloj: Ocho días para un nuevo decreto transitorio

El Gobierno Nacional se encuentra ahora en una encrucijada institucional: tiene un plazo perentorio de ocho días calendario para expedir un nuevo decreto de carácter transitorio. Esta nueva normativa debe recoger las variables que fueron omitidas: la inflación real de 2025, la meta de inflación del Banco de la República para 2026, la productividad certificada por el DANE y el comportamiento del PIB. La orden judicial es una advertencia de transparencia: el país exige conocer la operación aritmética exacta y la justificación lógica detrás de cada punto porcentual de aumento, alejándose de la opacidad técnica.

Para la tranquilidad de la clase trabajadora, es vital precisar que esta suspensión no implica un caos financiero inmediato. Los derechos ya adquiridos están protegidos: lo que se ha pagado bajo la cifra de $1.750.905 se mantiene firme y no habrá lugar a devoluciones ni retrocesos sobre salarios ya devengados. No obstante, la incertidumbre se traslada a las nóminas futuras, las cuales deberán ajustarse tan pronto el Gobierno publique la nueva cifra, que se anticipa será más conservadora y ajustada a la capacidad real de la economía colombiana.

Más allá de las cifras: El riesgo del desacato y la responsabilidad estatal

No estamos solo ante un debate de porcentajes, sino ante la defensa del proceso de concertación entre empresarios, trabajadores y Estado. El Consejo de Estado ha prohibido explícitamente que se use la "brecha de salario vital" como el único argumento para definir el ingreso de los colombianos, exigiendo que se retome la fórmula técnica integral. De persistir en la omisión de estos factores, los funcionarios responsables podrían enfrentarse no solo a sanciones económicas, sino también a consecuencias disciplinarias y penales por desacato a una orden judicial superior.

Desde una perspectiva analítica, este episodio debe leernos una lección sobre la madurez de nuestras instituciones. Si bien el deseo de mejorar el poder adquisitivo es un motor social necesario, ignorar las variables macroeconómicas puede desencadenar efectos inflacionarios que terminen por devorar el mismo aumento que se pretendía otorgar. La justicia ha actuado como un contrapeso necesario, recordándonos que el bienestar social es sostenible únicamente cuando se construye sobre bases técnicas sólidas y no sobre la volatilidad de los discursos de turno.

Como ciudadanía, nos corresponde reflexionar: ¿Preferimos un aumento récord en el papel que ponga en riesgo la estructura empresarial y el empleo formal, o un ajuste razonable que garantice que el dinero en nuestros bolsillos mantenga su valor real? La verdadera protección del trabajador no reside en la magnitud de una cifra decretada, sino en la seguridad jurídica de un país que respeta sus propias leyes. La pelota está ahora en el campo del Ejecutivo, que debe demostrar que su compromiso con la equidad es tan fuerte como su respeto por la institucionalidad técnica que rige a Colombia.

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